7 de julio de 2017

¿Cuándo es necesario contratar personal de seguridad armado

A la hora de diseñar los planes de seguridad de un cliente, hay ocasiones en las que surge la necesidad de contar con personal autorizado para llevar armas de fuego. No obstante, este tipo de seguridad se utiliza sólo para situaciones concretas y bajo amenaza real.

¿En qué situaciones es necesario tener un equipo de seguridad que tenga armas?

Eventos, seguridad en instituciones, clientes en profesiones de alto riesgo, joyerías, la lista de situaciones donde existe un riesgo alto y se necesitan armas es larga. Pero tener armas en nuestro país no es tan sencillo…

Actualmente en España hay que obtener la licencia C para prestar servicios con armas. Este tipo de servicios son exclusivos para los vigilantes de seguridad, especialistas en explosivos y demás perfiles de seguridad privada.

El Ministerio del Interior ha delimitado un plan de acción muy concreto que restringe el uso de armas de fuego de forma exclusiva para la prestación de servicios de seguridad, de acuerdo al Reglamento de Seguridad Privada.

Los vigilantes de seguridad, en cualquiera de sus especialidades, tienen que utilizar un revólver calibre 38 especial de cuatro pulgadas. Cuando se requiera el uso de armas largas, el Reglamento aprueba el uso de la escopeta de repetición del calibre 12/70, con cartuchos de 12 postas en un taco contenedor.

Existen algunas excepciones para llevar armas de otro calibre, pero siempre debe ser con la autorización de la Dirección General de la Policía, que realizará un comité especial con la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, donde estudiarán las circunstancias y se valorará la necesidad puntual de usar otro tipo de armas.

Otro de los requisitos es que los vigilantes con armas sólo podrán utilizarlas cuando estén vestidos con el uniforme de trabajo y dentro del horario de servicio.

¿Qué te parecen estas restricciones? ¿Crees que es correcto que se limite el uso de armas para el personal entrenado de seguridad?